Financiación de Vivienda - FIVI

 

Desembolsos a crédito de constructores: Son los giros realizados por la entidad financiadota a los constructores, una vez aprobado el crédito y, de acuerdo al avance del estado de la obra, se efectúan los pagos.

Créditos individuales desembolsados o créditos directos: Son los créditos que se hacen a una persona natural sin que medie una subrogación.

Subrogaciones para créditos individuales: Corresponde al traslado de los créditos de constructores a individuales y entre individuales, es decir, el traslado de la deuda del constructor a una persona individual, para el caso de compra de vivienda nueva; para la compra de vivienda usada, corresponde al traslado de la deuda de una persona individual a otra individual.

Créditos individuales entregados para compra de vivienda nueva y lotes con servicios: Corresponde a los préstamos que han sido desembolsados en el período de referencia, los cuales tienen como destino final la compra de vivienda nueva o lotes con servicios. Se deben contabilizar las subrogaciones perfeccionadas así como los créditos directos entregados.

Crédito individuales entregados para compra de vivienda usada: Son los créditos que han sido entregados en el período de referencia, préstamos que han sido desembolsados para la compra de vivienda usada. Se contabilizan las subrogaciones perfeccionadas (de individual a individual).

Viviendas nuevas, viviendas usadas y lotes con servicios financiados: Son aquellas soluciones de vivienda (nuevas, usadas y lotes con servicios) que han sido financiadas durante el período de referencia. Se incluyen las viviendas compradas y/o construidas con préstamos individuales.

Subsidio Familiar de Vivienda (SFV): Es el aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitarle la adquisición de una solución de vivienda de interés social, sin cargo de restitución, siempre que el beneficiario cumpla con los requisitos que establece la Ley 3 de 1991.

 

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