Costos de reproducción de la información pública, con su respectiva motivación

En el marco de la Ley 1712 del 6 de marzo de 2014, "por medio de la cual se crea la Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional y se dictan otras disposiciones”, la información producida por esta entidad no tendrá costo a excepción de los procesamientos a la medida y las publicaciones que tengan asociados costos de reproducción, los cuales se encuentran parametrizados y definidos en la Resolución 007 del 12 de mayo de 2015, “Por medio de la cual se establece la política de difusión y venta en pesos y dólares al público, por concepto de costos de reproducción de publicaciones e información estadística a la medida producida por el DANE”.

 

 

Horario de Atención: Según la Resolución 168 del 24 de Marzo de 2006, el horario de atención en todos los Bancos de Datos es de Lunes a Viernes de 8:00a.m a 5:00 p.m.

Una vez radicada la solicitud (para el caso de certificaciones que no sean en línea) el trámite dura aproximadamente 10 días hábiles. Este servicio no tiene ningún costo.

Para hacer seguimiento a su trámite, puede acercase a las oficinas de la sede central o en la oficina territorial donde realizó la solicitud; también por vía telefónica, llamando a la sede central o a la oficina territorial donde realizó la solicitud. Vía Internet, ingresando a www.dane.gov.co. Para hacer seguimiento a solicitudes de certificaciones en físico, deberá conocer el radicado de entrada de la solicitud. Las solicitudes con firma digital se emiten de manera inmediata y no requieren seguimiento.

 

 

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