La entidad se permite comunicar que se estabilizó el aplicativo web de captura. Por tal motivo el registro de características objetivas para productos no incluidos en la certificación anual, debe realizarse mediante este, en este sentido a partir del martes 9 de agosto de 2022, el formulario dispuesto como mecanismo de contingencia dejará de recibir información.
Imputaciones y modificaciones |
Información asociada a las características objetivas de los productos NO incluidos en la resolución 1675 de diciembre de 2021 que aún no tienen un precio de venta al público certificado por la entidad.
Si tiene inquietudes sobre el formulario: 1. Envié un correo a certificacionlicores@dane.gov.co con el asunto PVPLVA-IMPUTACION.
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Actualización precios imputados |
Espacio donde los interesados deben diligenciar la información asociada a los productos certificados mediante la metodología de imputación que ya están presentando comercialización en los canales autorizados por el decreto 0952 del 2019. Procedimiento amparado en la metodología de imputación en sus numerales 6 al 10
Si tiene inquietudes sobre el formulario: 1. Envié un correo a certificacionlicores@dane.gov.co con el asunto PVPLVA-ACTUALIZACIÓNPVP
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Actualización nombre producto |
Actualización del nombre de productos que ante INVIMA han tenido algún cambio de nombre y se encuentran desactualizados en las resoluciones expedidas por el DANE para la vigencia 2022. La información recolectada servirá como insumo para la certificación de productos 2023.
Si tiene inquietudes sobre el formulario: 1. Envié un correo a certificacionlicores@dane.gov.co con el asunto PVPLVA-ACTUALIZACIÓN NOMBRE
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El formulario fue desarrollado por el DANE en estricto cumplimiento del artículo 19 de la ley 1816, que modifica el artículo 49 de la Ley 788 de 2002, así:
“El impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares está conformado por un componente específico y uno ad valórem. La base gravable del componente específico es el volumen de alcohol que contenga el producto, expresado en grados alcoholimétricos. La base gravable del componente ad valórem es el precio de venta al público por unidad de 750 cc, sin incluir el impuesto al consumo o la participación, certificado anualmente por el DANE, garantizando la individualidad de cada producto.
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Certificación 2023 (Ley 1816 de 2016 y Decreto 952 del 31 de mayo de 2019) |
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