El DANE se permite informar que en consideración de lo establecido en el artículo 7o del Decreto 507 del 1º de abril de 2020: "El presente Decreto rige a partir de su publicación y producirá efectos mientras perduren las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional, declarado mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020", la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-178/20, efectuó la revisión de constitucionalidad del Decreto 507 del 1º de abril de 2020, y resolvió declarar exequible el artículo 7o del Decreto 507 de 2020, en el entendido de que las medidas adoptadas estarán vigentes durante el año siguiente a la declaratoria del Estado de Emergencia Económica y Social, mediante el Decreto 417 de 2020.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, el Decreto 417 de 2020, se expidió el 17 de marzo de 2020, por lo tanto, dando estricto cumplimiento a lo ordenado en el Decreto 507 de 2020, el DANE informa que la operación estadística Precios de Venta al Público de Artículos de Primera Necesidad – PVPAPN, finaliza con la recolección del 16 de marzo de 2021 y la publicación del 18 de marzo de 2021.

El DANE agradece a todas las fuentes de información su disposición, reporte y atención brindada a la entidad durante este año de la publicación de la operación estadística Precios de Venta al Público de Artículos de Primera Necesidad-PVPAPN

 

 

 

Precios de los productos de primera necesidad para los colombianos en tiempos del COVID-19, establecidos mediante el Decreto 507 del 1 de abril de 2020.


 

 

 

*PVPAPN: Precio de venta al público de artículos de primera necesidad
Información actualizada el 18 de marzo de 2021

 

 

 

 

 

 

Información adicional


 

 

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE recogió la información de productores, distribuidores y comercializadores de productos de primera necesidad para los colombianos en tiempos del COVID-19, con el fin de publicar los reportes para el control especulativo y de acaparamiento de precios en el país, de acuerdo con el Decreto 507 del 1 de abril de 2020, que establece:

 

"se adoptan medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada mediante el Decreto 417 de 2020". Este decreto en su artículo 2, determina que: "el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE- asumirá la función de hacer seguimiento cada cinco (5) días de los precios de los listados de productos de primera necesidad de que trata el artículo 1º de este Decreto y de los precios de los insumos requeridos para la elaboración de dichos productos".

En este sentido, el Ministerio de Salud y la Protección Social, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante dicho Decreto, fijaron el listado con los productos de primera necesidad para los colombianos y los insumos para su elaboración. Con ese listado, el DANE, como entidad responsable del levantamiento, procesamiento, análisis y difusión de las estadísticas oficiales de Colombia, implementó la operación estadística: Precio de Venta al Público de Artículos de Primera Necesidad – PVPAPN que produce un reporte que se publica cada cinco (5) días hábiles y se remite a la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC, entidad encargada de realizar la inspección, vigilancia y control de oficio correspondiente a los productores, distribuidores y comercializadores de productos.


 

 

 

 

 

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